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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
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El conjunto de reglamentos orgánicos municipales permiten a la ciudad de Getafe reforzar su autonomía y su eficacia institucional, al servicio de una gestión administrativa eficaz y cercana a los ciudadanos, de una descentralización efectiva, de una potenciación del desarrollo de las competencias municipales en el marco de una colaboración institucional positiva, y de una mejora de la calidad de los servicios de la ciudad que se corresponde con las necesidades y ambiciones de sus ciudadanos.
 
La ciudad de Getafe, por medio de este Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y Descentralización, quiere definir el funcionamiento institucional municipal estableciendo cauces y procedimientos que faciliten el ejercicio del derecho de participación en el municipio de tal modo que la ciudadanía pueda expresarse y manifestarse con plenitud, y tenga un mejor acceso a la información de la gestión pública municipal.
 
Este Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y Descentralización del Ayuntamiento de Getafe adapta la regulación de la participación ciudadana y de la descentralización del Ayuntamiento a lo dispuesto en la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, y en particular al régimen regulado en el Título X, que establece un nuevo régimen de organización específico para los municipios de gran población.
 
Este nuevo régimen normativo para los municipios de gran población, entre los que se encuentra la ciudad de Getafe por decisión expresa de la Asamblea de Madrid, se concreta en lo que se refiere a la participación ciudadana en una voluntad del legislador de crear y consolidar un sistema de participación adecuado a la democracia local que refuerce el derecho constitucional a la participación en los asuntos públicos proclamado en los artículos 9 y 23 de la Constitución.
 
El objeto de este Reglamento Orgánico es facilitar y promover la información y la participación ciudadana en la gestión municipal y en las cuestiones institucionales municipales.
 
El Título II del Reglamento establece como ámbito territorial de descentralización y de participación ciudadana del municipio de Getafe los barrios, que constituyen un instrumento esencial para el desarrollo de políticas de proximidad y participación. Dentro del título correspondiente a los barrios se regula la figura del Concejal de Barrio como órgano de gobierno descentralizado, y los Consejos de Barrio como órganos de participación, consulta, información, control y propuesta ciudadana de gestión municipal.
 
El Título III del Reglamento aborda la configuración de un nuevo órgano consultivo institucional de la ciudad de Getafe, el Consejo Social de la Ciudad. Este nuevo órgano consultivo es la expresión de la participación de todas las entidades ciudadanas e instituciones socioeconómicas relevantes en el desarrollo estratégico de la ciudad en los planos económico, social y cultural.
 
El Reglamento contempla los derechos de los ciudadanos y vecinos de Getafe en el ámbito de participación ciudadana, como son el derecho de información, el derecho de petición, el derecho a la consulta popular, el derecho de iniciativa popular, el derecho a la audiencia pública. También se regulan dentro del mismo título el derecho de participación de las entidades ciudadanas en los Plenos Municipales y la defensa de los derechos de los vecinos y vecinas.
 
En cuanto a las entidades ciudadanas, el Reglamento regula el funcionamiento del Registro Municipal de Entidades Ciudadanas que ha de permitir identificar a las entidades cívicas presentes en el municipio y ordenar su participación en los asuntos de la ciudad. Así mismo, se establecen una serie de medidas de fomento del asociacionismo, como programas de formación, un servicio de asesoramiento, y la aportación de recursos para promover la realización de sus actividades.
 
El Reglamento incorpora la regulación de la cesión de uso de locales inscritos en el Inventario de Bienes del Ayuntamiento de Getafe a las entidades ciudadanas, con el objeto de que sean utilizados como instrumento fortalecedor y regenerador del tejido social participativo.
 
Finalmente, el Titulo VI se dedica a las técnicas y mecanismos para la promoción y el desarrollo de la participación ciudadana.
 
Es por ello que se propone al Pleno del Ayuntamiento de Getafe la aprobación del presente Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y Descentralización del Ayuntamiento de Getafe.
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