En la Comunidad de Madrid, todos los
establecimientos, profesionales o empresas , que suministren,
expidan o faciliten bienes o servicios al consumidor final, tendrán a disposición de éstas Hojas de
Reclamaciones.

Informacion a los Consumidores
Si decide solicitar la Hoja de Reclamaciones en un
establecimiento, tenga en cuenta:
-
En todos los casos, debe asegurarse de que su
reclamación corresponde a hechos ciertos y comprobados.
-
Las hojas de reclamaciones consisten en un juego de
impresos autocalcables, que consta de:
-
Un folio original de color
blanco
, que deberá entregar en la OMIC.
-
Una copia de color
rosa
, que deberá entregar a la empresa o
profesional.
-
Una copia de color
verde
, que deberá quedar en poder del
reclamante.
-
Deberá cumplimentarla de
forma legible y con mayúsculas
, según las instrucciones existentes al dorso de dicha
hoja.
No dude en consultar
al empresario o empleado del establecimiento, ellos le
informarán y facilitarán su cumplimentación.
Deberá
cumplimentarla en el mismo establecimiento
, ya que el empresario o empleado puede realizar las
alegaciones que considere oportunas en la misma Hoja de Reclamaciones.
Antes de presentar su reclamación en la OMIC,
debe reunir toda la documentación
que avale sus pretensiones (facturas,
presupuestos...).

Información para los empresarios
En
la Comunidad de Madrid
,
quienes
suministren,
expidan o faciliten bienes o servicios al consumidor final, tendrán a disposición de los
consumidores
Hojas
de Reclamaciones
(Decreto
152/2001, de 13 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/98, de 9 de julio,
de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid).
Además,
deberán
exhibir
en el establecimiento
de
forma permanente y perfectamente visible al público, un
cartel
según el modelo oficial
que
figura como anexo al Reglamento antes mencionado.
Algunos
sectores cuentan con
Hojas
de Reclamaciones específicas
(hostelería,
espectáculos, ..). En la OMIC le informaremos sobre dónde retirar estas Hojas.

Consejos
-
No olvide cumplimentar siempre el recuadro de datos de la empresa.
-
Tenga siempre las hojas de reclamaciones a disposición del público.
-
No niegue nunca las hojas de reclamaciones a quien se lo demande. Puede Ud. incurrir en
infracción administrativa.
-
Facilite al consumidor su cumplimentación.
-
Antes de que se le agoten los ejemplares facilitados, solicite más
impresos.