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Hojas de Reclamaciones

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Hojas de Reclamaciones
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En la Comunidad de Madrid, todos los establecimientos, profesionales o empresas , que suministren, expidan o faciliten bienes o servicios al consumidor final, tendrán a disposición de éstas Hojas de Reclamaciones.
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IndicadorInformacion a los Consumidores

Si decide solicitar la Hoja de Reclamaciones en un establecimiento, tenga en cuenta:

  1. En todos los casos, debe asegurarse de que su reclamación corresponde a hechos ciertos y comprobados.
  2. Las hojas de reclamaciones consisten en un juego de impresos autocalcables, que consta de: 
  • Un folio original de color blanco , que deberá entregar en la OMIC.
  • Una copia de color rosa , que deberá entregar a la empresa o profesional.
  • Una copia de color verde , que deberá quedar en poder del reclamante.
  • Deberá cumplimentarla de  forma legible y con mayúsculas , según las instrucciones existentes al dorso de dicha hoja.
 
No dude en consultar al empresario o empleado del establecimiento, ellos le informarán y facilitarán su cumplimentación.
 
Deberá cumplimentarla en el mismo establecimiento , ya que el empresario o empleado puede realizar las alegaciones que considere oportunas en la misma Hoja de Reclamaciones.
 
Antes de presentar su reclamación en la OMIC, debe reunir toda la documentación que avale sus pretensiones (facturas, presupuestos...).
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IndicadorInformación para los empresarios

En la Comunidad de Madrid , quienes suministren, expidan o faciliten bienes o servicios al consumidor final, tendrán a disposición de los consumidores Hojas de Reclamaciones (Decreto 152/2001, de 13 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/98, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid).

Además, deberán exhibir en el establecimiento de forma permanente y perfectamente visible al público, un cartel según el modelo oficial que figura como anexo al Reglamento antes mencionado.

Algunos sectores cuentan con Hojas de Reclamaciones específicas (hostelería, espectáculos, ..). En la OMIC le informaremos sobre dónde retirar estas Hojas.

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IndicadorConsejos
  • No olvide cumplimentar siempre el recuadro de datos de la empresa.
  • Tenga siempre las hojas de reclamaciones a disposición del público.
  • No niegue nunca las hojas de reclamaciones a quien se lo demande. Puede Ud. incurrir en infracción administrativa.
  • Facilite al consumidor su cumplimentación.
  • Antes de que se le agoten los ejemplares facilitados, solicite más impresos.
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