VALORACIÓN DE VIBRACIONES
VALORACIÓN DE VIBRACIONES
La medición de las vibraciones se realizaran conforme a las siguientes
normas:
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El criterio de valoración de la norma ISO 2631 parte 2. de 1.989, aplicable
para la presente Ordenanza, será: banda ancha entre 1 y 80 Hz. y aplicando la ponderación
correspondiente a la curva combinada.
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Las mediciones se realizarán, preferentemente, en los paramentos horizontales
y considerando la vibración en el eje vertical (z), en el punto en el que la vibración sea máxima y
en el momento de mayor molestia.
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La medición se realizará durante un período de tiempo significativo en función
del tipo de fuente vibrante. De tratarse de episodios reiterativos, (paso de trenes, arranque de
compresores, etc.), se deberá repetir la medición al menos tres veces, dándose como resultado de la
medición, el valor más alto de los obtenidos.
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