ARTÍCULO 280. PLAZO E INICIO DEL CÓMPUTO DE LA PRESCRIPCIÓN DE INFRACCIONES Y SANCIONESEl plazo e inicio del cómputo de la prescripción de infracciones y sanciones se regirá por lo establecido en los artículos 236 y 237 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.