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NORMAS PARTICULARES

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NORMAS PARTICULARES
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Capitulo V.

Recogida selectiva de resíduos

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IndicadorARTÍCULO 189. CONCEPTO Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
  1. Se considera selectiva la recogida de residuos por separado de materiales especificos contenidos exclusivamente en resifuos domiciliarios, industriales y especiales.
  2. La recogida selectiva correrá a cargo del Ayuntamiento o bien de terceros con quienes se hubiere contratado el servicio.
  3. Los ciudadanos en general, incluidos los titulares de establecimientos, industrias, hoteles, bares, etc., vienen obligados a actuar con la diligencia debida para la plena eficacio del servicio.
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Ayuntamiento de Getafe
Pza. de la Constitución 1, CP 28901 Getafe
Tel. 912 027 900