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NORMAS PARTICULARES SOBRE RESIDUOS

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NORMAS PARTICULARES SOBRE RESIDUOS
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Capítulo VI.

Limpieza viaria

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IndicadorARTÍCULO 193. CONCEPTO Y CONTENIDO

1. Será responsabilidad del Ayuntamiento la limpieza de las vías publicas tales como avenidas, paseos, calles, plazas, aceras, jardines,  zonas verdes y demás bienes de propiedad municipal destinados al uso público.
2. Para la prestación de dicho servicio el Ayuntamiento  empleará los medios técnicos  y la forma de gestión que en cada momento considere conveniente para los intereses del Municipio.
3. Corresponderá a sus propietarios la limpieza de las urbanizaciones privadas, pasajes, patios interiores, solares, galerías comerciales o similares y cualesquiera zonas privadas como portales, espacios verdes, marquesinas, cubiertas de cristal, etc. sin perjuicio de las directrices que, a efectos de limpieza, pueda marcar LYMA.

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Pza. de la Constitución 1, CP 28901 Getafe
Tel. 912 027 900