Para poder constituir una Entidad es necesaria la reunión de tres personas como mínimo, con ánimo de constituir la mencionada Entidad.
Para que tu Entidad sea considerada como tal y tenga valor jurídico, una vez constituida , ha de incribirse en el registro correspondiente, (bien a través de la Comunidad Autónoma, bien a través de del ministerio correspondiente).
PROCESO Y TRAMITESPara contituir una Asociación y/o Entidad es necesario llevar a cabo los siguientes pasos:
Paso 1:
Constituirse en Asamblea, levantando acta de la misma en la que se ha de reflejar las personas asistentes a la misma
Paso 2:
Aprobar en dicha asamblea los Estatutos por los que se regirá la Asociación o Entidad
Paso 3:
Registar los mencionados estatutos en el registro correspondiente:
1. Registro Nacional: C/ Amador de los Ríos 7. 28010 - Madrid.
2. Registro Autonómico: C/ Gran Vía 18, 3ª planta. 28013 - Madrid.