Testamento Vital o Instrucciones PreviasEste testamento, también llamado instrucciones previas, es donde una persona manifiesta anticipadamente su voluntad, para que se cumpla cuando llegue una situación, donde no sea capaz de expresarla personalmente.
Por lo tanto, dejaras por escrito:
Debe quedar claro, que en este testamento no solita morir, sino que expresa el deseo de no ser tratado, excepto el suministro de calmantes, si su enfermedad es terminal.
Requisitos y Registro de Instrucciones previasSe debe realizar el testamento, de una de estas formas:
Cuando se realiza el testamento vital se puede nombrar a uno o varios representantes, para velar por que se cumpla lo que se deja escrito y que se lo puede hacer llegar al médico o a quien proceda en el momento que este deba ser leído.
Posteriormente se procederá a inscribirlo en el Registro de Instrucciones Previas de la Comunidad.
Registro de Instrucciones Previas de la Comunidad de Madrid
C/ Sagasta, 6
28004 Madrid
Tel.:91. 400.00.00 (cita previa)
Horario de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes
DocumentosLos documentos necesarios, variaran en función de cómo se haya otorgado el testamento:
1. Si se ha otorgado ante el funcionario del Registro de Instrucciones Previas y posteriormente se va a registrar:
En cualquier momento, se puede modificar o anular las Instrucciones Previas, para ello, se puede utilizar el mismo procedimiento que para el otorgamiento inicial, es decir, se puede acudir de nuevo al registro para modificarlo o anularlo.
Cuando exista más de un Testamento o Instrucciones Previas, siempre prevalecerá la última, teniendo en cuenta que deben estar registradas. Si por un casual, la última no estuviera registrada, los familiares que conozcan dicha voluntad, deben manifestarla en el momento que sea necesaria.
La solicitud de inscripción de este testamento, es gratuito. Debes de saber que si además se otorga ante un funcionario del Registro, este trámite no lleva coste económico.