Se establece el derecho a la obtención de becas y ayudas al estudio a aquellos estudiantes
que se encuentran en condiciones socio-económicas desfavorables, con la finalidad de garantizar la
igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación.
Actualmente, existen varios tipos de ayudas a la educación.

Becas de libros de texto y material didáctico.
Estas becas están destinadas para los alumnos que cursen:
-
2º y 3º del segundo ciclo de Educación Infantil.
-
1º a 6º de Enseñanza Primaria.
-
1º a 4º de Enseñanza Secundaria Obligatoria.
Las becas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, con
las modalidades:
-
Familias numerosas, alumnos pertenecientes a familias numerosas, en función de la renta per
cápita familiar, hasta agotar el crédito destinado a este colectivo
-
Alumnos beneficiarios de las ayudas de libros convocadas por la Consejería de Educación para
el curso 2008/2009, en la modalidad de "beneficiarios del MEC".
-
Victimas de terrorismo, alumnado que, como consecuencia de un atentado
terrorista, hayan sufrido el daño a que se refiere el artículo 7 de la Ley 12/1996, de 27 de
diciembre, reguladora de ayudas a las víctimas del terrorismo.
-
Resto de alumnos, en función de la renta per cápita, hasta agotar el crédito.
El
importe de las ayudas variará desde los
65 euros hasta los
110
euros. Su pago se hará efectivo mediante la entrega de
cheques canjeables por libros y material didáctico.
El
plazo para la presentación de solicitudes para el curso 2009-2010, es del
14 al 24 de abril de 2009, ambos inclusive.
Para más información, consultar el
Portal de Educación de la Comunidad de Madrid

Convocatoria de becas para la escolarización en el primer ciclo de educación infantil en centros privados.
Estas becas están destinadas a las familias de los alumnos matriculados en el primer ciclo de
Educación Infantil, en centros privados autorizados por la Consejería de Educación de la Comunidad
de Madrid que no estén sostenidos con ningún fondo público.
Los criterios de baremación son:
- Ingresos familiares.
- Composición familiar.
- Situación laboral de los padres o tutores.
- Situación social.
La
cuantía de la beca será de
95 € para aquellos beneficiarios cuya renta per cápita de la unidad familiar sea
superior a 15.000 €, la cuantía se incrementará en la misma proporción en que disminuya la renta
per cápita de la unidad familiar. Como máximo se podrá llegar a percibir
160 €.
El pago de la beca a cada beneficiario, se hará efectiva mediante la entrega de
once cheques personalizados. Estos se deberán entregar mensualmente al centro de
matriculación en concepto de abono ( total o parcial) de la cuota de escolarización.
Para más información, consultar el
Portal de Educación de la Comunidad de Madrid

Convocatoria de becas de comedor escolar.
Serán destinatarios de las ayudas los alumnos escolarizados en Educación Infantil, Educación
Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros sostenidos con fondos públicos o que cursen
Educación Infantil en centros privados no vinculados a centros de otro nivel educativo, debidamente
autorizados en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Existen diferentes
tipos de becas:
Modalidad A.
Mediante esta modalidad, se beneficia a las rentas más bajas y en las que se valora la
situación familia numerosa, discapacidad o intervención social y también los alumnos cuyas familias
no superen la renta per cápita que se establezca en cada convocatoria.
Modalidad B.
Podrán optar a este tipo de becas los alumnos que hacen uso del transporte escolar y se
encuentran escolarizados por la administración, en centros concertados por la Administración
educativa, en la enseñanza de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria
Obligatoria.
Modalidad C.
Podrán solicitar becas de comedor escolar a través de esta modalidad cuyas familias sean
perceptoras de la Renta Mínima de Inserción.
Carácter excepcional
.
Podrán solicitar este tipo de becas de comedor escolar, los alumnos que se incorporen al
sistema educativo madrileño con posterioridad al plazo de presentación de solicitudes establecido
para el turno extraordinario y aquellos alumnos en cuyas familias concurran graves situaciones
familiares.
Urgencia social y acogimiento familiar o institucional.
Se podrá solicitar becas de comedor, a propuesta de la Comisión de Tutela del Instituto
Madrileño del Menos y la Familia, con el fin de asegurar la protección del menor mediante la debida
prevención y reparación de situaciones de riesgo o urgencia social, también para aquellos alumnos
que se encuentren en situación de medida legal de tutela o guarda en acogimiento residencial o
familiar.
Víctimas del terrorismo
.
Podrán solicitar las becas de comedor escolar, los alumnos que, como consecuencia de un acto
terrorista, se deriven, bien para el propio estudiante, para sus padres, tutores o guardadores
legales, daños personales de especial trascendencia o que les incapaciten totalmente para el
trabajo habitual.
La
cuantía de la beca, dependerá de la modalidad:
- Modalidad A, puede ser de 265 €, 395 € o 525 €.
-
Modalidad C: 710 euros en el caso de alumnos matriculados en centros de educación infantil y
primaria o en institutos de educación secundaria y 850 euros en el caso de alumnos matriculados en
escuelas de educación infantil.
-
Acogimiento Familiar: 575 euros
-
Víctimas del Terrorismo: 525 euros
Para más información, consultar el
Portal de Educación de la Comunidad de Madrid

Ayuda Individualizada de Transporte
Podrán solicitar esta ayuda los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil,
Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Infantil Especial o Enseñanza
Básica Obligatoria, escolarizados en centros docentes públicos, en centros de educación especial
públicos o en centros de educación especial concertados en quienes concurra alguna de las
siguientes circunstancias:
-
Alumnos escolarizados en centros docentes públicos cuya titularidad
corresponda a la Consejería de Educación, que no dispongan en la localidad donde tengan fijado su
domicilio familiar de centro docente adecuado a su nivel de estudios y, asimismo no puedan
hacer uso de las rutas de transporte escolar que tenga contratadas al efecto la Consejería de
Educación.
-
Alumnos escolarizados en escuelas-hogar o cualquier otro tipo de centro
docente con residencia para el alojamiento de estudiantes, pertenecientes a la Consejería de
Educación, para colaborar en los desplazamientos que, durante los fines de semana, realicen a sus
respectivos domicilios familiares.
-
Alumnos residentes en barrios de tipología especial o en núcleos chabolistas,
que carezcan de rutas de transporte escolar.
-
Alumnos escolarizados en centros públicos de educación especial, cuando no
puedan utilizar las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería de Educación, siempre
que la distancia desde el domicilio familiar al centro docente o las circunstancias de su entorno
así lo justifiquen. Excepcionalmente, podrán ser destinatarios de estas ayudas los alumnos de
centros de educación especial concertados, cuando concurran idénticas circunstancias en virtud del
dictamen de escolarización del equipo de orientación educativa y psicopedagógica.
-
Alumnos escolarizados en centros públicos y en centros públicos de educación
especial, siempre que padezcan graves limitaciones físicas y precisen habitualmente silla de ruedas
para su desplazamiento, cuando no puedan utilizar rutas de transporte escolar financiadas por la
Consejería de Educación.
-
Alumnos que reciban atención educativa desde las Unidades Escolares de Apoyo
de los Centros Educativo-Terapéuticos.
El importe de las ayudas, la documentación necesaria y el resto de información se podrá
obtener en
Portal de Educación de la Comunidad de Madrid