La inscripción del matrimonio es la que da fe del acto del matrimonio y de la fecha, hora y
lugar en que se contrae.
El matrimonio desde su celebración produce efectos civiles, y para el pleno reconocimiento de
los mismos será necesaria su inscripción en el Registro Civil.
El Juez, Alcalde o Funcionario ante quien se celebre el matrimonio extenderá, la inscripción
o el acta correspondiente con su firma y la de los contrayentes y testigos.
Una vez realizada dicha inscripción del matrimonio en el Registro Civil, se entregará a cada
los contrayentes documento acreditativo de la celebración del matrimonio, este es el
Libro de Familia.
El certificado de matrimonio es un documento oficial que acredita la celebración del
matrimonio. Existen varios tipos:
Certificado Positivo:
Extracto: Es un resumen de la información que consta en el Registro Civil de la celebración
del matrimonio e identidad de los contrayentes. Son de dos tipos:
-
Ordinarios: Es el expedido en lengua castellana para aquellas Comunidades Autónomas cuyo
único idioma oficial sea el castellano.
-
Internacional o plurilingüe: Es el destinado a surtir efecto en los países que hayan
ratificado el Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976. Este certificado se expide en el idioma
oficial de todos los países firmantes del citado convenio (España, Alemania, Austria, Bélgica,
Bosnia, Croacia, Eslovenia, Francia, Italia, Luxemburgo, Macedonia, Países Bajos, Portugal, Suiza,
Turquía, Serbia Montenegro).
-
Bilingüe: cuando se solicite un certificado en extracto en una Comunidad Autónoma que tenga
su propio idioma oficial, éste será emitido en castellano y en el idioma oficial de la Comunidad
Autónoma en el que se expida.
Literal
: Es una copia literal de la inscripción de matrimonio, con todos los datos de la
celebración, identidad de los contrayentes así como las anotaciones marginales que hubieran podido
practicarse (régimen económico matrimonial, separación, nulidad o divorcio...).
Certificado Negativo
: Acreditan que el matrimonio no está inscrito en ese
Registro Civil.
Puede solicitarlo cualquier ciudadano que así lo requiera, y tuviera interés, salvo en
determinados
casos , que necesitará previa autorización por el Juez encargado.
Solicitud
, documentación y forma de presentación:
-
Presencial. Se deberá
ir personalmente al Registro Civil.
Documentación a aportar:
-
D.N.I. del solicitante
-
Indicar los nombres y apellidos de los contrayentes y lugar y fecha de celebración del
matrimonio.
-
Indicar el tipo de certificado solicitado.
-
Por correo
. En caso, de que se solicite y se quiera recibir por correo, se debe enviar una carta al
Registro Civil, indicando el nombre y la dirección donde remitir el certificado, pero haciendo
constar:
-
Nombre, apellidos y DNI del solicitante.
-
Nombre y apellido de los contrayentes, fecha y lugar de celebración del matrimonio sobre el
que se solicita el certificado.
-
Indicar el tipo de certificado solicitado.
Es aconsejable indicar teléfono de contacto para el caso de que haya que aclarar algún
dato.
-
Por internet
. Solo se podrá solicitar por esta vía, cuando el Registro Civil este
informatizado.