Cuando dos personas deciden casarse, una de las primeras
decisiones importantes que deben de tomar, es cuál va a ser el Régimen Económico que va a regir en
su matrimonio.
Existen tres tipos diferentes:
• Régimen de gananciales.
• Régimen de separación de bienes
• Régimen de participación.
Por regla general, en todo el territorio español, a
excepción de Cataluña, Aragón, Baleares, País Vasco y Navarra este régimen económico es de
bienes gananciales . Si se opta por este tipo, no se debe
realizar ningún trámite.
Si por el contrario, se quiere establecer un régimen matrimonial distinto, se debe redactar
las
capitulaciones matrimoniales. Estas se reflejan en un
contrato, mediante el cual los cónyuges podrán estipular, modificar o sustituir el régimen
económico de su matrimonio.
Requisitos para realizar las capitulaciones matrimoniales:
- Se debe hacer ante notario.
- Se pueden realizar antes del enlace matrimonial o después, pero debes de saber, que si las
realizas después del enlace, estas te supondrán un coste económico mucho más elevado.
- Se inscriben en el Registro Civil. Estas son válidas entre los cónyuges desde el momento de su
celebración, pero no afectan a terceros hasta que no se inscriben en el mismo.
- Se debe indicar el régimen aplicable al matrimonio.
Regímenes Económicos Matrimoniales: