Atención a colectivos vulnerables
NOMBRE DEL SERVICIO | Atención a colectivos vulnerables. |
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR? | Personas en situación de vulnerabilidad o sus familiares |
DOCUMENTACIÓN A APORTAR | No es necesaria en el momento del acceso. El profesional que atiende el servicio indicará la documentación que se precise en su caso. |
¿QUIÉN ES RESPONSABLE DEL SERVICIO? | Servicios Sociales |
¿EN QUÉ CONSISTE? | Desarrolla actividades con colectivos con especiales dificultades para desenvolverse en la vida social o en la vida cotidiana, que les ayude a superar los obstáculos que dificultan su desenvolvimiento autónomo y su falta de participación en redes relacionales:
Está atendido por trabajadores sociales, educadores, animadora de personas sordas. |
REQUISITOS | Empadronamiento en Getafe. |
¿EXISTE NORMATIVA/PROCEDIMIENTOS QUE REGULEN ESTE SERVICIO? | Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
LEY 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas |
CONTACTO CON EL SERVICIO |
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