Punto de Encuentro Familiar
NOMBRE DEL SERVICIO | Punto de Encuentro Familiar |
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR? | Dirigido a progenitores con problemas en el cumplimiento del régimen de visitas de los menores. |
DOCUMENTACIÓN A APORTAR | La documentación se remite desde los Juzgados |
¿QUIÉN ES RESPONSABLE DEL SERVICIO? | Servicios Sociales |
¿EN QUÉ CONSISTE? | Espacio neutral en el que se garantiza el cumplimiento del régimen de visitas de los menores con sus progenitores en caso de conflicto. |
REQUISITOS | Empadronamiento en el municipio del progenitor custodio y el menor y sentencia que señale la necesidad del Punto de Encuentro |
¿EXISTE NORMATIVA/PROCEDIMIENTOS QUE REGULEN ESTE SERVICIO? | Ley 11/2003, de 27 de marzo, de servicios sociales de la Comunidad de Madrid |
CONTACTO CON EL SERVICIO |
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