Rebajas
Se entiende por REBAJAS toda venta que se pone temporalmente a precios más bajos que los que tenían fijados antes de las rebajas, por tanto se trata de artículos que ya estaban a la venta en el establecimiento y que no sufren deterioro alguno.
Actualmente el periodo de rebajas es libre tanto en la época como en la duración.
Requisitos mas notables:
- El periodo de rebajas debe anunciarse de forma visible incluso cuando está cerrado el establecimiento
- Los productos rebajados deben de haber estado en la oferta del establecimiento antes de las rebajas.
- El precio rebajado debe aparecer junto al precio anterior.
- Los productos deben tener la misma calidad y garantía que cuando no estaban rebajados.
- Si las rebajas no afectan a la totalidad de los productos, los rebajados deban estar bien identificados y diferenciados del resto.
Puntos de interés:
- Si se anuncia debidamente, se puede limitar la aceptación de las tarjetas de crédito.
- Con carácter general los establecimientos sólo están obligados a devolver el dinero o cambiar los productos cuando ellos mismos hayan anunciado en su publicidad esa posibilidad (desistimiento).
- En el uso del derecho de desistimiento, el establecimiento no está obligado a devolver en efectivo lo que se haya pagado con tarjeta de crédito.
- En aplicación de la legislación de garantía de bienes, el cambio o la reparación en su caso, se producirá siempre que el producto presente algún defecto o tara de origen .